Escrito por Luis Roca Jusmet
La teoría del Estado la formula básicamente en su Tratado político en el capítulo IV, que titula "Del ámbito del poder político" y en el V, que se llama "Del fin último de la sociedad".
Empecemos por el capítulo IV. El Estado es quién decide lo que es bueno o malo, justo o injusto. No hay unos derechos anteriores a los que se someta, ya que el derecho natural es el que marca el poder. Lo que hace el Estado es constituirse como el máximo poder, por lo que en cierta forma sigue el derecho natural. El Estado tiene capacidad de decidir porque tiene el máximo poder. Elabora las leyes, las interpreta y las aplica. Tiene el monopolio de la violencia y aplica, por tanto, las sanciones. Debe crear el máximo de seguridad, que es la certeza de los ciudadanos de que sus derechos sean garantizados.Si no hay seguridad, es decir certeza, ha de haber la máxima esperanza de que sea así. Los súbditos, es decir los ciudadanos en cuanto que deben obedecer las leyes, deben sentir miedo cuando imaginan que no deben seguir las leyes.Ya decía Maquiavelo que aunque el principe deba basar su autoridad en el amor de los súbditos, debe hacerlo sobre todo en el miedo. Para Spinoza los que se guían por la razón saben que hay que cooperar y querer a los otros y siguen las leyes porque benefician a todos.
Spinoza se pregunta si hay razones para cuestionar, en unas determinadas circunstancias, el poder del Estado. Como el estado, como todas las cosas naturales. debe guiarse por el conatus, debe hacer lo posible para su conservación. Para ello debe saber resolver los conflictos internos y no hacer que los ciudadanos-súbditos se dejen llevar por una pasión superior al miedo, que es la indignación. Porque al Estado lo destuyen las causas internas más que las externas. La estabilidad de las instituciones es imprescindible, pero para ello debe garantizarse la seguridad de los ciudadanos. Cuando la potencia de la multitud está dominada por la discordia de las potencias y no la concordia, entonces el Estado no funciona bien. En el momento en que la indignación es la pasión dominante las multitudes ya no se sienten obligadas por las leyes ni les domina el miedo a no cumplirlas.
Podemos ver aquí una semejanza y una diferencia con Locke. En ambos casos se reconoce que los ciudadanos pueden rebelarse contra el Estado. Pueden quiere decir que tienen derecho a hacerlo. Pero la justificación es diferente. En el caso de Locke hay una argumentación iusnaturalista. es decir, que hay un derecho divino, el de la propiedad ( de la propia vida, la libertad, los propios bienes) que debe ser respetado y solo puede ser sustraído por el Estado para proteger el derecho de los otros. En el caso de Spinoza es la propia dinámica interna la que lo justifica. El derecho natural se impone porque se rompe el derecho político. Hay una cierta idea en ambos de contrato social como justificación del respeto a las leyes.
En el capítulo V define que el objetivo del Estado es la seguridad. En el Tratado político-teológico había planteado que era la libertad. En este sentido dice lo mismo que Thomas Hobbes, aunque éste contrapone la seguridad a la libertad y Spinoza no. Para Hobbes la libertad es la que marca el derecho natural de hacer lo que quieres, mientras que para Spinoza es la que surge de la razón, que lleva al respeto a la ley.
No hay comentarios:
Publicar un comentario